SOBRE EL PROCESO AL REY

Maximiliano Robespierre

(Discurso pronunciado en la Convención, el 3 de diciembre de 1792)

La Asamblea ha sido arrastrada —sin darse cuenta— lejos del verdadero objeto de la cuestión.

Aquí no se trata, en efecto, de hacer un proceso. Luis no es, de hecho, un acusado. Vosotros no sois, en realidad, jueces. No sois, no podéis ser más que hombres de Estado y representantes de la nación. No debéis emitir ninguna sentencia a favor o en contra de un hombre, sino solamente una medida de salud pública, ejercitar solamente un acto de providencia nacional.

En la república, un rey destronado es bueno solamente para dos cosas: o para turbar la tranquilidad del Estado o para herir la libertad, o bien para las dos cosas a la vez.

Ahora bien, yo sostengo que el carácter que ha tomado hasta aquí vuestra

deliberación, va directamente contra este último objetivo.

En efecto, ¿cuál es la decisión que una política sana prescribe para cimentar la naciente República? Es la de inculcar profundamente en los corazones el desprecio por la Monarquía, expulsando a todos los partidarios del rey. Y presentar al mundo entero su crimen como un problema, su causa como el argumento de la discusión más

importante, más religiosa y más difícil que nunca pueda ocupar a los representantes del pueblo francés; poner una inconmensurable distancia entre el recuerdo de lo que él fue y la dignidad del ciudadano, significa precisamente haber encontrado el secreto de hacerlo todavía más peligroso para la libertad.

Luis fue rey, y ahora se ha fundado la República: la famosa cuestión que os atormenta está decidida con estas solas palabras.

Luis ha sido destronado por sus mismos crímenes. Luis denunciaba al pueblo de París como a un rebelde. Llamó, para castigarlo, las armas de los tiranos, sus cofrades. La victoria y el pueblo decidieron que sólo él era el rebelde.

Luis no puede, pues, ser juzgado: ya está condenado, o bien la República todavía no ha sido absuelta.

Proponer hacer un proceso a Luis, de cualquier manera que pueda ser hecho, significa retroceder hacia el despotismo regio y constitucional: es una idea contrarrevolucionaria, puesto que significa poner en contradicción la misma Revolución.

En efecto, si Luis puede ser todavía objeto de un proceso, también puede ser absuelto. ¡Puede ocurrir incluso que resulte inocente! ¿Qué digo? Es presunto inocente hasta que no sea juzgado. Pero si Luis es absuelto, si Luis puede ser presunto inocente, ¿en qué se convierte entonces la Revolución?

Si Luis es inocente, entonces todos los defensores de la libertad nos convertimos en calumniadores; los rebeldes serían entonces los amigos de la verdad y los defensores de la inocencia oprimida; y todos los manifiestos de las cortes extranjeras no son más que legítimos reclamos contra una facción dominante. La misma detención que Luis ha sufrido hasta este momento es una vejación injusta: y los federados, el pueblo de París, todos los patriotas del imperio francés son culpables; y el gran proceso pendiente delante del tribunal de la naturaleza, entre el crimen y la virtud, entre la libertad y la tiranía, está decidido en favor del crimen y de la tiranía.

¡Ciudadanos, estad en guardia! ¡Estáis siendo engañados por falsas nociones!

Confundís las reglas del derecho civil y positivo con los principios del derecho de la gente; confundís las relaciones de los ciudadanos entre sí con las de las naciones hacia un enemigo que conspira en su contra. Confundís también la situación de un pueblo en revolución con la de un pueblo cuyo régimen ya ha sido afirmado.

Confundís a una nación que castiga a un funcionario público conservando la misma forma de gobierno con aquella que destruye el gobierno mismo. Nosotros no hacemos más que remitir a ideas que nos son familiares un caso extraordinario, que depende de principios que nunca hemos aplicado.

Así, puesto que estamos acostumbrados a ver juzgar según reglas uniformes yndelitos de los que somos testimonio, estamos tentados a creer que las naciones no pueden nunca —sin caer en la iniquidad— ensañarse de otra manera contra un hombre que ha violado sus derechos. Y allí donde no veamos un jurado, un tribunal o un procedimiento, creemos no encontrar la justicia. Nos engañan los términos mismos que aplicamos a ideas diferentes de las que generalmente expresan.

Tal es el dominio natural de la costumbre, que conservamos las convenciones más arbitrarias, y tal vez las mismas instituciones más defectuosas, como la regla más absoluta de lo verdadero y de lo falso, de lo justo y de lo injusto. Ni siquiera pensamos en el hecho de que la mayor parte es debida todavía a los prejuicios con los que el despotismo nos ha nutrido.

Hemos estado durante tanto tiempo inclinados bajo su yugo que nos levantamos difícilmente; agarrota los principios eternos de la razón, y todo lo que deriva de los principios, de la fuente sagrada de todas las leyes, parece asumir a nuestros ojos un carácter de ilegalidad, y el orden mismo de la naturaleza nos parece un desorden.

Los impulsos majestuosos de un gran pueblo, el empuje sublime de la virtud, se presentan a menudo a nuestros ojos tímidos, como las erupciones de un volcán o el trastorno mismo de la sociedad política. Una de las mayores causas de los tumultos que nos agitan es la contradicción entre la debilidad de nuestras costumbres, la depravación de nuestro ánimo y la pureza de los principios, la fortaleza de caráctern que exige él gobierno libre al cual osamos pretender llegar.

Cuando una nación se ve obligada a recurrir al derecho de insurrección, quiere decir que en las confrontaciones del tirano vuelve al estado de naturaleza. ¿Cómo puede osar invocar el pacto social? Él mismo lo ha destruido. La nación puede conservarlo todavía, si lo juzga oportuno, en lo que concierne a las relaciones de los ciudadanos entre sí. Pero el efecto de la tiranía y de la insurrección es el de romper completamente el pacto, en lo que respecta al tirano: es el de constituirlos recíprocamente en un estado de guerra. Los tribunales, los procedimientos judiciales, están hechos solamente para los miembros de la ciudad.

Es una contradicción pensar que la Constitución puede presidir este nuevo orden de cosas: sería como suponer que ésta sobrevive.

¿Cuáles son las leyes que ocupan su lugar? Las de la naturaleza, que es la base de la misma sociedad: la salvación del pueblo.

El derecho de castigar al tirano y el de destronarlo, son la misma cosa: uno comporta las mismas formalidades que el otro. El proceso del tirano es la insurrección; su juicio es la caída de su poder; su pena es la que la libertad del pueblo exige.

Los pueblos ya no juzgan como las cortes de justicia; no dictan sentencias, lanzan el rayo; no condenan a los reyes, sino que los convierten en nada.

Y esta justicia vale tanto como la de los tribunales. Si los pueblos se arman para su seguridad, contra sus opresores, ¿cómo podrían adoptar un medio de castigarlos que les constituyera un nuevo peligro?

Nos hemos dejado inducir a error por los ejemplos extranjeros que no tienen nada de común con nosotros. Que Cromwell haya hecho juzgar a Carlos I por una comisión judicial, de la que disponía él mismo; que Isabel haya hecho condenar a María de Escocia[43] de la misma manera, es natural porque los tiranos que inmolan a sus similares, no ya al pueblo, sino a su propia ambición, intentan siempre engañar la opinión del hombre común con formalidades ilusorias.

En estos casos no se trata ni de principios ni de libertad, sino de malicia y de intriga.

¡El pueblo! ¿Qué otra ley puede seguir el pueblo si no la de la justicia y de la razón, apoyada con toda su fuerza?

¿En qué república fue impugnada la necesidad de castigar al tirano? ¿Acaso Tarquinio fue llamado a juicio? ¿Qué se habría dicho, en Roma, si algunos de éstos hubiesen osado declararse sus defensores? ¿Y qué hacemos nosotros? Llamamos abogados de todas partes para defender la causa de Luis XVI. Consagramos como actos legítimos los que cualquier pueblo libre consideraría como el mayor de los crímenes. Invitamos a nuestros conciudadanos a la bajeza y a la corrupción.

Y algún día bien podremos declarar a los defensores de Luis como dignos de portar coronas cívicas; puesto que, si éstos defienden su causa, pueden esperar hacerla triunfar. Si no fuese así, daríais a todo el mundo el espectáculo de una comedia ridícula.

¡Y todavía nos atrevemos a hablar de república!

Necesitamos formalidad solamente porque no tenemos principios; hablamos de delicadeza porque no tenemos energía; nos vanagloriamos de una falsa humanidad porque el sentimiento de la verdadera humanidad nos es extraño; soñamos con la sombra de un rey porque no sabemos respetar al pueblo; somos amables con los opresores porque no tenemos corazón en lo que respecta a los oprimidos.

¡El proceso a Luis XVI! ¿Qué es este proceso sino la apelación a un tribunal o a una asamblea cualquiera? ¿Contra la propia insurrección? Cuando un rey ha sido anulado por el pueblo, ¿quién tiene el derecho de resucitarlo para hacer de él un nuevo pretexto de tumultos y rebeliones, y qué otros efectos puede producir este sistema?

Al abrir una pista a los campeones de Luis XVI, renovaríais las contiendas del despotismo contra la libertad, consagraríais el derecho de blasfemar contra la República y contra el pueblo; pues el derecho de defender al antiguo déspota comporta el derecho de decir todo lo que es útil para defender su causa.

Así, despertaríais todas las facciones; reanimaríais, alentaríais el espíritu monárquico adormecido. Entonces no podremos declarar en contra o a favor.

¡Qué cosa tan legítima, que cosa más natural es ir repitiendo por todas partes las máximas que sus defensores podrán profesar en voz alta en vuestra propia tribuna!

¿Cuál es la república a la que sus fundadores buscan adversarios por todas partes para atacarla hasta en su cuna? Observad qué pasos de gigante ha dado ya este sistema.

En agosto pasado todos los partidarios de la Monarquía se escondían: quien hubiera osado tejer la apología de Luis XVI habría sido castigado como un traidor.

Hoy, por el contrario, levantan impunemente su frente insolente. Hoy, los escritores más acreditados de la aristocracia toman de nuevo con confianza sus plumas envenenadas, o bien encuentran sucesores que los superan en impudicia.

Hoy, los escritores precursores de cualquier atentado, inundan la ciudad, los ochenta y tres departamentos en los que residís, y por último, los pórticos de este santuario de la libertad. Hoy, hombres armados unidos a vuestra ignorancia y contra las leyes, han hecho resonar en las calles de esta ciudad gritos sediciosos que piden la impunidad de Luis XVI[44]; hoy, París acoge en su seno a hombres reunidos —se nos ha dicho—

para arrancarlo de las manos de la justicia de la nación.

No nos queda más que abrir esta sala a los atletas que se apretujan para tener el honor de lanzar alguna lanza en favor de la Monarquía.

¿Qué digo? Hoy Luis divide a los propios mandatarios del pueblo; algunos hablan en su favor, otros en contra. ¿Quién habría podido suponer que se discutiría si es o no inviolable?

Pero desde que un miembro de la Convención Nacional ha presentado esta idea como argumento de una deliberación seria, preliminar a cualquier otra cuestión, la inviolabilidad, con la cual los conspiradores de la Asamblea Constituyente han cubierto sus primeros perjurios, ha sido invocada para proteger sus últimos atentados.

¡Oh crimen! ¡Oh vergüenza! En la tribuna del pueblo francés ha resonado el panegírico de Luis XVI: ¡Hemos oído alabar las virtudes y los beneficios del tirano!

A duras penas hemos podido arrebatar a la injusticia de una decisión precipitada el honor o la libertad de los mejores ciudadanos. ¿Qué digo? Hemos visto acoger con una alegría escandalosa las más atroces calumnias contra los representantes del pueblo conocidos por su celo a la libertad. Hemos visto una parte de esta Asamblea proscrita por la otra, inmediatamente después de haber sido denunciada por la injuria

y la perversidad combinadas.

¿Sólo la causa del tirano es tan sagrada que no puede ser discutida nunca

suficientemente ni con libertad? ¿Por qué maravillarse? Este doble fenómeno es debido a la misma causa. Los que se interesan por Luis o por sus iguales deben tener sed de la sangre de los diputados que piden, por segunda vez, su castigo. Éstos conceden la gracia sólo a aquellos que les son favorables.

El proyecto de encadenar al pueblo, degollando a sus defensores, ¿ha sido abandonado un solo momento? Y todos los que hoy les proscriben, tachándolos de anarquistas y agitadores, ¿acaso no son los que excitan tumultos que su pérfido sistema nos vaticina?

Si les damos crédito, el proceso durará como poco algunos meses: se esperará la época de la próxima primavera, cuando los déspotas piensan lanzar un ataque general. ¡Y entonces, qué camino se abrirá a los conspiradores! ¡Qué alimento se dará a la intriga y a la aristocracia! Así, todos los partidarios de la tiranía podrán esperar el socorro de sus aliados; y los ejércitos extranjeros podrán animar la audacia de los contrarrevolucionarios, mientras que su oro tentará la fidelidad del tribunal que debe pronunciarse sobre su suerte.

¡Santo cielo! ¡Todas las feroces hordas del despotismo se preparan para destruir nuevamente el seno de nuestra patria en nombre de Luis XVI!

¡Luis todavía combate contra nosotros desde el fondo de su cárcel! ¡Y todavía se duda de si es culpable y de si se le puede tratar como a un enemigo! Quiero creer que la República no es un nombre vano con el que todavía nos solazamos. Si se quisiera restablecer la Monarquía, ¿qué medios más eficaces que éstos podrían ser utilizados?

Se invoca a la Constitución en su favor. Me abstendré de repetir aquí todos los argumentos —que ni siquiera tienen necesidad de réplica— desarrollados por aquellos que se han complacido en combatir esta especie de objeción.

Sobre estos argumentos, sólo diré una cosa para aquellos que no se han podido convencer. La Constitución os prohibía todo lo que habéis hecho. Si el rey no podía ser castigado más que con la pérdida del trono, vosotros no podíais decretarla sin haber instruido su proceso. Ni siquiera teníais el derecho de tenerlo en prisión.

Él tiene el derecho de pediros la excarcelación, los daños e intereses. La Constitución os condena: ¡corred a los pies de Luis XVI e invocad su clemencia!

En lo que a mí respecta, me avergonzaría de discutir con mayor seriedad estas argucias constitucionales; lo dejo para los bancos de la escuela o del Palacio Real, o más bien para los salones de Londres, de Viena o de Berlín. No sé discutir cuando estoy convencido de que deliberar es un escándalo.

Pero se trata de una gran causa —se ha dicho— y hay que juzgar con una sabia y lenta circunspección.

Sois vosotros los que hacéis de ello una gran causa. ¿Qué digo? ¡Sois solamente vosotros los que hacéis de ello una gran causa!

¿Qué encontráis de grande? ¿Acaso la dificultad? No, ciertamente. ¿Acaso el personaje? ¿Acaso no es todavía más vil a los ojos de la libertad? ¿Acaso no es todavía más culpable a los ojos de la humanidad? Sólo puede parecer imponente a los que son más viles que él.

Entonces, ¿es quizá la utilidad del resultado? Si es así, ésta es una razón de más para acelerarlo.

Una gran causa es, por ejemplo, un proyecto de ley popular; una gran causa es, por ejemplo, la de un desgraciado oprimido por el despotismo.

Pues entonces, ¿cuál es el motivo de estas eternas dilaciones que recomendáis?

¿Teméis acaso herir la opinión del pueblo? Como si el pueblo temiese otra cosa que la debilidad o la ambición de sus mandatarios; como si el pueblo fuese un vil rebaño de esclavos estúpidamente aficionados al estúpido tirano al que ha proscrito y que quisiera, a cualquier precio, seguir revolcándose en el fango de la bajeza y de la esclavitud.

Habláis de la opinión pública: ¿acaso no os corresponde a vosotros el deber de orientarla, de fortificarla? Si la opinión se desvía, si se deprava, ¿a quién corresponderá el deber de rectificarla sino a vosotros?

¿O teméis acaso a los reyes extranjeros aliados contra vosotros? ¡Oh, ciertamente, el medio de vencerlos es el de hacer ver que se les teme! ¡El medio de vencer y confundir a los déspotas es el de respetar a sus cómplices!

¿Teméis a los pueblos extranjeros? ¿Creéis acaso todavía en el amor innato de los pueblos por la tiranía? ¿Pues por qué, entonces, aspiráis a la gloría de liberar al género humano? ¿Y por qué contradicción creéis que las naciones que no se han asustado ante la proclamación de los derechos del hombre se iban a asustar ante el castigo de uno de sus más crueles opresores?

Por último —se dice— teméis el juicio de la posteridad. Sí, ciertamente, la

posteridad se maravillará, en efecto, pero lo hará de nuestra inconsecuencia, de

nuestra debilidad, y nuestros descendientes se burlarán de la presunción o de los prejuicios de sus padres.

Se ha dicho que se necesitaba ingenio para profundizar en estas cuestiones.

Sostengo que no se necesita más que buena fe. No se trata tanto de iluminarse, como de cegarse voluntariamente. ¿Por qué lo que parece claro en un tiempo, resulta oscuro en otro? ¿Por qué lo que el sentido común del pueblo decide fácilmente es, para sus delegados, un problema insoluble?

¿Acaso nosotros tenemos el derecho de tener una

voluntad contraria a la voluntad general y una opinión distinta de la opinión universal?

He oído a los defensores de la inviolabilidad adelantar un principio osado, que yo mismo habría dudado en enunciar. Han dicho que aquellos que, el 10 de agosto, hubieran inmolado a Luis XVI, habrían hecho una acción virtuosa; pero la única base de esta opinión residía en los crímenes de Luis XVI y en los derechos del pueblo.

Ahora bien, ¿acaso tres meses de intervalo han hecho cambiar el delito de sus crímenes y los derechos del pueblo?

Si entonces estalló la indignación pública fue sin duda alguna porque su castigo, ordenado solamente por la Convención Nacional en nombre de la nación, no se volviese más importante para los enemigos de la humanidad. Pero poner de nuevo en deliberación el hecho de si es culpable o si puede ser castigado, es traicionar la fe profesada al pueblo francés.

Existen algunas personas a las cuales, ya sea para impedir que la Asamblea tome un carácter digno de ella, ya sea para quitar a la nación un ejemplo que elevaría los ánimos a la altura de los principios republicanos, ya sea por motivos todavía más vergonzosos, no les sería desagradable que alguna mano conocida ejecutase las funciones de la justicia nacional.

Ciudadanos, desconfiad de esta trampa: quien ose dar tal consejo, solamente serviría a los enemigos del pueblo. Venga como venga, el castigo de Luis no servirá de nada si no tiene el carácter de una venganza pública. ¿Qué le importa al pueblo la despreciable persona del último rey?

Representantes, lo que importa al pueblo, lo que os importa a vosotros mismos, es que cumpláis con los deberes que éste os ha impuesto. Se ha proclamado la República, es cierto; pero ¿acaso se la habéis dado vosotros?

No habéis hecho todavía ni una sola ley que justifique este nombre. Todavía no habéis reformado ni un solo abuso del despotismo.

Quitad los nombres y tendremos la tiranía, y, además, las facciones todavía más viles y los charlatanes más inmorales, con nuevos fermentos de tumultos y de guerra civil.

¡La República! ¡Y Luis vive todavía! ¡Y ponéis la persona del rey entre nosotros y la libertad! A fuerza de escrúpulos, acabaremos temiendo el convertirnos en criminales; temiendo que, al demostrar demasiada indulgencia hacia el culpable, nos pongamos nosotros mismos en su lugar. Una nueva dificultad. ¿A qué pena condenaremos a Luis?

«La pena de muerte es demasiado cruel». «No —dice otro—, la vida sería todavía más cruel. Yo pido que viva».

Abogados del rey, ¿es por piedad o por crueldad que queréis evitarle la pena impuesta por sus crímenes?

En cuanto a mí, aborrezco la pena de muerte prodigada por vuestras leyes: y no siento hacia Luis ni amor ni odio. Odio solamente sus delitos.

He pedido la abolición de la pena de muerte a la Asamblea que vosotros todavía llamáis Constituyente: y no es culpa mía si los principios de la razón parecen a la Asamblea herejías morales y políticas. Pero vosotros, que nunca la reclamasteis en favor de tantos desventurados cuyos delitos son menores que los del gobierno, ¿por qué fatalidad recordáis la petición solamente para defender la causa del mayor de todos los criminales?

Pedís una excepción a la pena de muerte para la única persona que puede legitimarla. Sí, es cierto, la pena de muerte en general es un crimen, y es por esta razón que, a causa de los principios indestructibles de la naturaleza, ésta no puede ser justificada más que en el caso en que se haga necesaria para la seguridad de los individuos o del organismo social.

Ahora bien, la seguridad pública nunca la erige contra los delitos ordinarios, porque la sociedad puede prevenirlos siempre con otros medios y puede poner al culpable en la imposibilidad de perjudicarle.

Pero para un rey destronado, en medio de una revolución que sólo puede cimentarse con leyes justas —un rey cuyo solo nombre atrae el azote de la guerra sobre la nación agitada—, ni la prisión, ni el exilio pueden hacer indiferente su existencia para la felicidad pública.

Esta cruel excepción de las leyes ordinarias que la justicia admite, no puede ser imputada nada más que a la naturaleza particular de sus crímenes. Yo pronuncio con dolor esta verdad… pero Luis debe morir, porque es necesario que la patria viva.

Un pueblo pacífico, libre y respetado, tanto en el interior como en el exterior, podría escuchar los consejos que se os dan de ser generosos. Pero un pueblo al cual se limita todavía su libertad, después de tantos sacrificios y luchas, un pueblo en el que las leyes todavía son inexorables sólo para los infelices, un pueblo en el cual los crímenes de la tiranía son objeto de disputa, un pueblo así tiene que querer ser vengado. Y la generosidad a la que quieren convenceros, se parecería demasiado a la de una sociedad de bribones que se reparten un botín.

Os propongo que se decida ahora la suerte de Luis.

En cuanto a su mujer, la mandaría a los tribunales, así como a todas las demás personas que se han hecho responsables de los mismos atentados.

Su hijo será custodiado en el Temple hasta el momento en que la paz y la libertad públicas queden establecidas.

En cuanto a Luis, pido que la Convención Nacional lo declare desde este instante traidor a la nación francesa, criminal con respecto a la humanidad. Pido que se dé un gran ejemplo al mundo, precisamente en el mismo lugar en que murieron, el 10 de agosto, los generosos mártires de la libertad.

Y que este memorable acontecimiento sea consagrado con un monumento destinado a dar al corazón del pueblo el sentimiento de sus propios derechos y el horror hacia los tiranos, y en el ánimo de los tiranos, el terror saludable por la justicia del pueblo.

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